Autorizaciones Aduaneras

DALSE está autorizado, reconocido y controlado por las autoridades aduaneras como depósito aduanero tipo A.
A él se pueden vincular y almacenar toda clase de mercancías no comunitarias en las condiciones establecidas, por tiempo ilimitado, hasta que el operador asigne un nuevo régimen dentro o fuera del territorio aduanero comunitario.

Almacén regulador, beneficios fiscales y arancelarios.

DALSE está autorizado como Depósito Fiscal para el almacenaje, manipulación y precintado de todo tipo de bebidas alcohólicas. Concretamente las consideradas como tal, en el art. 2.1 de la Ley 38/92 de II.EE: cerveza, vino y bebidas fermentadas, productos intermedios y alcohol y bebidas alcohólicas.

Ventaja fiscal y ahorro financiero.

Permite el almacenamiento de mercancía no comunitaria, mediante su vinculación a través de un CUB-G5, para asignar un régimen aduanero en el que pueda permanecer hasta un máximo de 90 días.

Sin pago de aranceles, ni gravámenes interiores, ni demás medidas de política comercial.